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¡TRIUNFO DE LA FNTMMSP EN DEFENSA DE LA ESTABILIDAD LABORAL!

La Federación Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos y Siderúrgicos del Perú (FNTMMSP) comunica a sus bases y a los trabajadores del país un importante triunfo en la defensa de los derechos laborales.

Después de una larga batalla jurídica iniciada por nuestra Federación, la Corte Suprema declaró fundada nuestra Acción Popular y confirmó la anulación del artículo 1.º del Decreto Supremo N.º 013-2014-TR, disposición que había introducido nuevos criterios para justificar los ceses colectivos por motivos económicos.

La Ley de Productividad y Competitividad Laboral ya reconocía los motivos económicos como causa para la terminación colectiva de contratos de trabajo y establecía el procedimiento que debía seguirse. Sin embargo, la ley no había definido qué situaciones concretas constituían esos “motivos económicos”. Pese a ello, mediante un Decreto Supremo, el Poder Ejecutivo estableció que podían configurarse cuando una empresa registrara tres trimestres consecutivos con resultados negativos en su utilidad operativa o cuando mantener a la totalidad de sus trabajadores implicara pérdidas.

Desde el inicio, la FNTMMSP sostuvo que el Poder Ejecutivo no podía utilizar una norma de menor jerarquía para introducir supuestos que la ley no había establecido y que podían justificar una medida tan grave como el cese colectivo. Nuestra Federación advirtió, además, que esta regulación ampliaba las posibilidades para la terminación colectiva de contratos y flexibilizaba la protección de la estabilidad laboral.

Especialmente preocupante era permitir que un cese colectivo pudiera sustentarse en la proyección de que mantener a la totalidad de los trabajadores generaría pérdidas, un supuesto amplio referido a una situación futura y que podía abrir la puerta a ceses colectivos de gran escala.

La Corte Suprema nos dio la razón: el Poder Ejecutivo se extralimitó en su potestad reglamentaria. Un Decreto Supremo no puede transgredir ni desnaturalizar una norma con rango de ley, menos aún para definir los motivos económicos que pueden justificar la terminación colectiva de contratos de trabajo. La propia Corte concluyó que la disposición cuestionada había modificado “la esencia y naturaleza del cese colectivo por motivos económicos”.

Este triunfo no pertenece únicamente a los trabajadores mineros, metalúrgicos y siderúrgicos. Es un triunfo para todos los trabajadores del país. La anulación de esta disposición tiene efectos generales y la norma queda excluida del ordenamiento jurídico.

La FNTMMSP reafirma su compromiso de seguir luchando por trabajo digno, estabilidad laboral y respeto irrestricto de los derechos conquistados por la clase trabajadora.

¡ESTE TRIUNFO ES DE TODOS LOS TRABAJADORES!
¡LOS DERECHOS SE DEFIENDEN CON ORGANIZACIÓN Y LUCHA!
¡VIVA LA FNTMMSP!

Consejo Ejecutivo Nacional – FNTMMSP